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sábado, julio 27, 2024

Guatemala tiene su Ley de Tarjetas de Crédito que prohibe el acoso

Ciudad de Guatemala, 16 febrero (Diestra).- Guatemala tiene su Ley de Tarjetas de Crédito, que entre otros asuntos, prohibe el acoso al que eran sometidos los usuarios por las entidades bancarias o los cobradores. Desde 2019 se había presentado la iniciativa pero fue hasta el pasado jueves que el Congreso la aprobó por artílos y su redacción final.

El objetivo principal de esta norma es combatir el acoso y abuso por parte de las entidades emisoras de tarjetas de crédito hacia los usuarios, según el Decreto 02-2024 emitido por el Organismo Legislativo guatemalteco.

Algunos puntos establecidos en la normativa son los siguientes:

  • Fin al acoso: Se prohíbe a los emisores de tarjetas de crédito realizar insistencias por teléfono, mensaje de texto, correo u otros medios. Se establece un límite máximo de comunicaciones y se prohíbe hacerlas en días y horas no hábiles.
  • Beneficios para el usuario: La ley busca garantizar beneficios para los usuarios, como la posibilidad de acordar convenios de pago, la transparencia en las tasas de interés proporcionada por los bancos y la Superintendencia en sus sitios web, así como protección en caso de robo de la tarjeta.
  • Eliminación de prácticas abusivas de cobro: Se prohíbe contactar a personas que no sean el titular de la tarjeta, se exige que los pagos incluyan un componente de capital para evitar deudas perpetuas, y se prohíbe a los emisores de tarjetas de crédito capitalizar los intereses.
  • Ente de supervisión: Se establece una unidad en la Dirección de Atención al Consumidor (Diaco) llamada Unidad de Protección de Servicios Financieros, cuya función será proteger los derechos de los consumidores de servicios financieros y asegurar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los proveedores
  • Delitos:
  • Los diputados crearon cuatro delitos en esta nueva normativa:
  • Clonación – prisión de hasta 10 años y multa que alcanzaría los Q500 mil
    • Uso ilegal – prisión de hasta ocho años y multa que alcanzaría los Q150 mil
    • Comercialización ilegal – prisión de hasta ocho años y multa que alcanzaría los Q200 mil
    • uso fraudulento – prisión de hasta cinco años y multa que alcanzaría los Q50 mil
  • Los legisladoress explicaron que con esta normativa se busca proteger a los guatemaltecos.
  • Foto ilustración blogspot.com

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