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viernes, septiembre 20, 2024

Guatemala tiene ya Ley contra la Ciberdelincuencia

Foto archivo portata noticias.ahora.com

Ciudad de Guatemala, 5 agosto (Diestra).- Guatemala ya tiene la Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia, aprobada por el Organismo Legislativo, con la finalidad de castigar a los responsables de ese delito en el país, y la normativa tiene que ser sancionada o vetada por el presidente Alejandro Giammattei.

La normativa es muy importante porque protege los datos personales, datos informáticos sensibles y la intimidad informática, indemnidad sexual de los niños, niñas y adolescentes; la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de la información, entre otros.

Según la Ley, se impondrá una pena de tres a cinco años de prisión y multa de 20 a 100 salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas a quienes accedan de forma deliberada e ilegítima  a un sistema informático para obtener datos o con otra intención delictiva.

Mientras que a quienes cometan un delito de acceso sin autorización a datos protegidos o sensibles y confidenciales, se les impondrán condena de cuatro a seis años de cárcel y una multa de 40 a 200 salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas.

El que cometa el delito de falsificación informática de forma deliberada y quien alter, capture, borre o suprima datos informáticos almacenados en un sistema se le aplican de tres a siete años y una multa de 30 a 400 salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas.

También se castiga con prisión de tres a cinco años y una multa de 40 a 300 salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas, a quien cometa el delito de apropiación de identidad ajena y adopte o suplante la identidad de otra persona individual o jurídica, de acuerdo con la normativa.

Según la normativa, comete delitos de abuso de dispositivo quien sin autorización o excediendo lo que posea sin permiso cometa los siguientes delitos:

1. Producir, vender, obtener para su utilización, importar, difundir cualquier dispositivo o programa informático.

2. Producir, vender, obtener para su utilización, importar, difundir una contraseña, código de acceso o datos informáticos similares que permitan acceder a todo o parte del sistema informático y las comunicaciones.

3. Crear, utilizar, alterar, capturar, grabar, copiar o transferir de un dispositivo de acceso a un medio cualquier instrumento destinado a los mismos fines.

Por este delito impondrán prisión de tres a seis años y una multa de 20 a 400 salarios mínimos mensuales vigentes para actividades no agrícolas.

 

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