La oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) aclaró que a partir del 19 de agosto comenzará a recibir las solicitudes de inmigrantes indocumentados cónyuges de estadounidenses, luego de la orden del presidente Joe Biden del 18 de junio.
Agregó que no aceptará peticiones de personas que envíen antes de esa fecha, ya que actualmente se trabaja en la regla sobre elegibilidad, la cual será publicada en el Registro Federal.
La agencia insistió en que no aceptará peticiones antes de la fecha mencionada.
“USCIS actualmente no acepta solicitudes bajo este proceso. Comenzaremos a aceptar solicitudes el 19 de agosto. Si presenta su solicitud antes del 19 de agosto, la rechazaremos”, apuntó.
Los requisitos
USCIS recordó los requisitos para quienes busquen el nuevo beneficio, aunque recordó que la evaluación se haría “caso por caso”.
– La persona estar en los Estados Unidos sin admisión (haber ingresado con alguna visa) ni libertad condicional.
– Haber estado presente continuamente en el país durante al menos 10 años hasta el 17 de junio del 2024.
– Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.
– No tener antecedentes penales que lo descalifiquen ni constituir de otro modo una amenaza a la seguridad nacional o la seguridad pública.
Esos requisitos son básicos, pero la agencia publicará detalles en el Registro Federal.
“También podemos considerar a ciertos hijos no ciudadanos de solicitantes bajo este proceso si, a partir del 17 de junio de 2024, estaban físicamente presentes en los Estados Unidos sin admisión ni libertad condicional, y tienen una relación de hijastro calificada con un ciudadano estadounidense”, se acotó.
Inmigrantes deben prepararse
USCIS ofrecerá detalles en su página web sobre el proceso para estos inmigrantes, a fin de que estén listos cuando puedan presentar sus solicitudes.
– La documentación de prueba de identidad, incluidos los documentos vencidos, puede incluir: licencia de conducir o identificación válida del estado o país de origen.
– Acta de nacimiento e identificación con fotografía.
– Pasaporte válido o cualquier documento emitido por el gobierno del país de origen.
Para demostrar la residencia de al menos 10 años en el país se podrán enviar algunos de los siguientes documentos:
– Recibos de alquiler o facturas de servicios públicos.
– Registros escolares (cartas, boletas de calificaciones, etc.).
– Registros hospitalarios o médicos.
– Certificados de su residencia por entidades religiosas, sindicatos u otras organizaciones, identificándolo por su nombre.
– Recibos de giros postales por dinero enviado hacia o desde los Estados Unidos.
– Actas de nacimiento de niños nacidos en los Estados Unidos.
– Transacciones bancarias fechadas.
– Recibos, título o registro de licencia de automóvil.
– Escrituras, hipotecas o contratos de arrendamiento o pólizas de seguro.
Sobre los niños indocumentados que pueden obtener la Green Card se deben considerar:
– Documentos que evidencien la relación del niño con el padre no ciudadano, como un certificado de nacimiento o un decreto de adopción.
– Evidencia del matrimonio legalmente válido del padre no ciudadano con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.
– Evidencia de la presencia del niño en los Estados Unidos al 17 de junio de 2024.
Se sugiere a los inmigrantes interesados en este beneficio mantenerse al tanto de las decisiones de USCIS en su página web.