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sábado, julio 27, 2024

EE.UU sanciona a exdirector del Centro de Gobierno de Guatemala, Miguel Martínez con la Ley Magnitsky,

WASHINGTON — Hoy, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro sancionó a Luis Miguel Martínez Morales  (Martínez) por su papel en la corrupción en Guatemala, donde participó en esquemas generalizados de soborno, incluidos esquemas relacionados con contratos gubernamentales. Martínez  está siendo designado de conformidad con la Orden Ejecutiva (EO) 13818, que se basa en e implementa la Ley Global Magnitsky de Responsabilidad de Derechos Humanos y apunta a perpetradores de graves abusos de derechos humanos y corrupción en todo el mundo.

“La acción de hoy subraya el impacto corrosivo de la corrupción en la confianza del público en las instituciones gubernamentales. Martínez buscó aprovechar su posición privilegiada para beneficio personal a expensas del pueblo guatemalteco”, dijo el Subsecretario de Terrorismo e Inteligencia Financiera del Tesoro, Brian E. Nelson. “El gobierno de Estados Unidos seguirá responsabilizando a las personas cuyos planes corruptos socavan la democracia y dañan a las poblaciones de todo el mundo”.

La acción de hoy se basa en los esfuerzos de la Administración para abordar la corrupción como causa fundamental de la migración irregular a través de la región norte de Centroamérica. Los actos corruptos y antidemocráticos, incluidos aquellos que amenazan la integridad de una transición ordenada del poder en Guatemala, socavan las instituciones democráticas de Guatemala y amenazan la estabilidad de Guatemala y de la región en su conjunto. El pueblo guatemalteco ha hablado y sus voces deben ser respetadas.

Desde 2021, el gobierno de Estados Unidos ha sancionado a 11 personas y entidades en Guatemala por su papel en corrupción. El Departamento de Estado también ha utilizado una variedad de herramientas de restricción de visas para promover la rendición de cuentas de actores corruptos y antidemocráticos en Guatemala. Estas acciones demuestran el compromiso continuo del gobierno de Estados Unidos de apoyar al pueblo guatemalteco.

LUIS MIGUEL MARTÍNEZ MORALES

Martínez es el ex jefe del ahora desaparecido Centro de Gobierno, una poderosa agencia a nivel de casi gabinete creada por el presidente guatemalteco Alejandro Giammattei (Giammattei) al comienzo de su administración. El presidente Giammattei se vio obligado a cerrar el Centro de Gobierno en diciembre de 2020 tras una reacción violenta al creciente poder de Martínez en el gobierno. Durante su mandato como jefe del Centro de Gobierno, Martínez  fue considerado uno de los funcionarios no electos más poderosos del gobierno. Si bien actualmente no ocupa un cargo gubernamental, Martínez  sigue siendo una de las personas más influyentes en la administración de Giammattei.

Martínez ha influido en el proceso de contratos gubernamentales para su beneficio y el de sus asociados cercanos. Martínez se confabuló con otros funcionarios del gobierno guatemalteco para adjudicar ilegalmente contratos a postores favorecidos fuera de Guatecompras, el sistema formal de adquisiciones del gobierno guatemalteco. Martínez  y sus conspiradores utilizaron una ley de adquisiciones anticuada para renunciar al proceso de licitación y asegurar contratos gubernamentales para empresas en las que él tiene un interés financiero.

En 2021, Martínez solicitó grandes sobornos para facilitar la compra de las vacunas rusas Sputnik V por parte del Gobierno de Guatemala. La agencia especial anticorrupción de Guatemala investigó a Martínez por su papel en un controvertido pago vinculado a la compra de 16 millones de dosis de vacunas rusas Sputnik V COVID-19 por parte del gobierno guatemalteco.

Martínez está siendo designado de conformidad con la EO 13818 por ser una persona extranjera que es un funcionario gubernamental actual o anterior, o una persona que actúa para o en nombre de dicho funcionario, que es responsable o cómplice, o que ha participado directa o indirectamente en , corrupción, incluida la apropiación indebida de activos estatales, la expropiación de activos privados para beneficio personal, la corrupción relacionada con contratos gubernamentales o la extracción de recursos naturales, o el soborno.

IMPLICACIONES DE LAS SANCIONES

Como resultado de la acción de hoy, todas las propiedades e intereses en propiedades de la persona descrita anteriormente que se encuentren en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben informarse a la OFAC. Además, también se bloquea cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, individualmente o en conjunto, en un 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas. A menos que estén autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o que estén exentas de otro modo, las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas designadas o bloqueadas de otro modo. Las prohibiciones incluyen realizar cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, para o en beneficio de cualquier persona designada, o recibir cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona.

El poder y la integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no sólo de la capacidad de la OFAC para designar y agregar personas a la Lista SDN, sino también de su voluntad de eliminar personas de la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN) de conformidad con la ley. El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino provocar un cambio positivo de comportamiento. Para obtener información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista de la OFAC, incluida la Lista SDN, consulte la pregunta frecuente 897 de la OFAC aquí . Para obtener información detallada sobre el proceso para enviar una solicitud de eliminación de una lista de sanciones de la OFAC, haga clic aquí .

MAGNITSKY GLOBAL

Sobre la base de la Ley Global Magnitsky de Responsabilidad de los Derechos Humanos, la EO 13818 se emitió el 20 de diciembre de 2017, en reconocimiento de que la prevalencia de los abusos de los derechos humanos y la corrupción que tienen su origen, en su totalidad o en parte sustancial, fuera de los Estados Unidos, había alcanzado tal alcance y gravedad que amenazan la estabilidad de los sistemas políticos y económicos internacionales. El abuso de los derechos humanos y la corrupción socavan los valores que forman la base esencial de sociedades estables, seguras y funcionales; tener impactos devastadores en las personas; debilitar las instituciones democráticas; degradar el estado de derecho; perpetuar conflictos violentos; facilitar las actividades de personas peligrosas; y socavar los mercados económicos. Estados Unidos busca imponer consecuencias tangibles y significativas a quienes cometen graves abusos contra los derechos humanos o participan en corrupción, así como proteger el sistema financiero de los Estados Unidos de los abusos cometidos por esas mismas personas. Foto ilustración dreamstime

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